El seguro del coche podría no cubrir los daños en un accidente cuando quien conduce tiene Alzheimer
julio 25, 2022

Dicen que, si una persona con un diagnóstico de Alzheimer tiene un accidente conduciendo, las aseguradoras no cubren los daños que pueda causar, ni propios ni a terceros, ni materiales ni personales. Por el hecho de tener la enfermedad y no ser apto para conducir, el seguro del vehículo no se haría cargo de nada.

Hemos preguntado a UNESPA, la asociación española que representa a las empresas del sector de los seguros, una fuente, realmente oficial y fiable. Y nos dice que el seguro obligatorio de responsabilidad civil del automóvil opera, por norma general, en todo momento. Las exclusiones, es decir, eso que no cubre el seguro, están determinadas en la legislación de forma clara y precisa.

Y el hecho de padecer una enfermedad no está entre estas exclusiones que marca la ley. Por lo tanto, la aseguradora del vehículo que cause daños a un tercero, procederá a indemnizar por estos daños, ya sean materiales o personales.

UNESPA, a quien agradecemos su atención y respuesta, matiza que corresponde a la Administración velar porque el conductor disponga de unas aptitudes psicotécnicas adecuadas para disponer de carnet de conducir. En realidad, la administración tiene mecanismos para velar porque los conductores tengan las aptitudes para conducir, pero necesita ser conocedora de esta situación para iniciar el procedimiento de pérdida de vigencia.

Aun así, desde Zona Alzheimer hemos indagado un poco más en la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor y hemos visto que el artículo 10 dice que las aseguradoras tienen la Facultad de Repetición.

¿Qué quiere decir esto? Esto quiere decir que, en algunas situaciones, la aseguradora puede reclamar la indemnización que haya pagado por los daños a la persona que ha tenido el accidente, acogiéndose a, entre otras cosas, por ejemplo, a que consumía sustancias psicotrópicas. Y resulta que muchos de los pacientes con enfermedad de Alzheimer toman fármacos que entrarían en esta clasificación.

Esto ¿qué implica? Pues, implica que, aunque por ley el seguro tiene que cubrir los gastos; la misma ley le da la opción de reclamar lo pagado al conductor, al propietario del vehículo o al tomador de la póliza. Con lo que finalmente, se haría cargo de la indemnización el enfermo de Alzheimer o su familia. Además de verse involucrado en un juicio, porque esta reclamación de la indemnización se hace a través de un proceso judicial. Y, además, tendría que pagar los intereses y las costas judiciales.

Por lo tanto, como resumen: el seguro debe cubrir los gastos, sí, pero también está en su derecho de reclamarlos después a través de un juicio y, con mucha probabilidad, tocaría devolverle el dinero y asumir, además, los intereses y las costas judiciales.